diumenge, 28 de novembre del 2010

Perquè no ens preparam una jubilació tranquila...? (article de La Expansión)

Seguros de ahorro para vivir tranquilo


El seguro de vida ahorro es la opción elegida por 9,3 millones de personas para acumular una hucha con la que procurarse una vida más tranquila. El catálogo de ofertas agrupadas bajo este paraguas es amplio, variado y flexible en función de las necesidades del cliente.

Esta gran diversificación y complejidad dificulta su catalogación sistemática y la publicación de información estadística, algo que hacen otros productos –fondos de inversión o de pensiones, por ejemplo– que ganan con ello una mayor divulgación y conocimiento por el gran público.
Pero esto puede cambiar ya que la futura Ley de Economía Sostenible, actualmente en el Congreso de los Diputados, obligará a las aseguradoras a ofrecer información homogénea sobre la rentabilidad que ofrecen estos productos. La iniciativa no será realidad de forma inminente ya que los pormenores de esta exigencia se recogerán en el futuro reglamento de esta ley que todavía no se ha aprobado.
Rentabilidad
Los seguros de vida ahorro son más atractivos para los clientes que quieran contratar pólizas a largo plazo, ya que ofrecen rentabilidades más elevadas. «En estos casos podemos competir con la banca, que no cuenta con ofertas similares.

En periodos más cortos, ocurre lo contrario, y nos resulta muy difícil ser competitivos», señalan en una compañía. «Nuestros productos son especialmente valorados por ahorradores de edad avanzada que quieren tener la certeza absoluta de que recibirán unos ingresos que en muchos casos complementan la pensión pública», añaden. Buena parte de los asegurados que contrataron su póliza en la década de los noventa obtuvieron un compromiso de rentabilidad del 6% que se mantiene en la actualidad.
El rendimiento de los seguros de vida ahorro lo fijan las compañías en función de la situación de los mercados en cada momento. Adicionalmente, salvo en los unit linked, –que tienen generalmente un rendimiento variable– las entidades pueden ofrecer lo que se denomina ‘participación en beneficios’ que supone trasladar al asegurado una parte de los beneficios de las inversiones ligadas a la póliza. Con este mecanismo se puede incrementar la rentabilidad garantizada inicialmente.
Los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) y los planes de previsión asegurados (PPA) son los seguros de vida ahorro de más reciente creación. Ambos están pensados para cobrarse como pensión privada, pero la posibilidad de recuperar el ahorro antes de la jubilación y la fiscalidad marcan las principales diferencias entre ellos.
Los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) son seguros que solo pueden contratar los particulares. El diseño está a caballo entre los planes de pensiones individuales garantizados y las pólizas de vida. Su principal gancho es la fiscalidad que se aplica a las ganancias obtenidas si se cobran, en su momento, como renta vitalicia. Los mayores de 70 años son los más beneficiados ya que solo deben integrar como rendimiento el 8% de la renta que cobran, tributando únicamente por el 1,52% del importe mensual que reciben. Los que tengan entre 66 y 69 años integran como rendimiento el 20%, tributando el 3,8% de lo recibido. Estas ventajas se aplican siempre que el producto tenga una vida mínima de diez años, ya que si el ahorro se recupera antes, o no se cobra en forma de renta vitalicia, pierde estos incentivos.
La aportación anual máxima a un PIAS está fijada en ocho mil euros y el importe acumulado no puede superar los 240.000 euros por contribuyente, lo que hace que sea un producto dirigido a clientes de ahorro modesto.
Los planes de previsión asegurados (PPA) son seguros similares a los fondos de pensiones individuales garantizados y solo se pueden cobrar cuando se produce la jubilación. Además, el patrimonio colocado en cada uno de estos productos puede movilizarse entre ambos sin ningún coste fiscal. Sus límites anuales de aportaciones son los mismos: 10.000 euros (12.500 para los mayores de 50 años). Las aportaciones reducen la base imponible del contribuyente en el IRPF lo que supone un ahorro de entre el 24% y el 43% de estos ingresos para el partícipe, según cual sea el tipo marginal de cada contribuyente. Pero son los denominados seguros de rentas los que concentran la mayor parte de las pólizas de vida de ahorro.
Las primas que se colocan en estos productos pueden ser periódicas o únicas, es decir desembolsadas en un solo pago. La rentabilidad ofrecida en el momento de formalizar el contrato y permanece, generalmente, invariable durante toda la vida de la póliza que puede alcanzar plazos muy dilatados.
La recuperación de lo invertido se puede hacer mediante el cobro de una renta vitalicia, de forma que lo acumulado se paga periódicamente durante toda la vida del asegurado. En estos casos, existe la posibilidad de que el fallecimiento se produzca después de lo previsto, según las estadísticas de esperanza de vida, en cuyo caso, la aseguradora tendrá que asumir el coste de esta circunstancia.
Si ocurre lo contrario, y el fallecimiento es prematuro, el asegurado tendría que haber contratado un mecanismo para que un beneficiario designado previamente en la póliza reciba el ahorro o en caso contrario lo perderá. También se puede cobrar como renta temporal durante un determinado periodo, fijado de antemano.
Los seguros de capital diferidos tienen muchas similitudes con las imposiciones a plazo fijo de la banca, con la ventaja de que la aseguradora garantiza una rentabilidad a muy largo plazo, incluso 20 o 30 años. El pago de la prima se realiza en una sola ocasión y se rescata también de una sola vez en forma de capital. Si el fallecimiento del asegurado se produce antes del rescate existe un mecanismo para que el cónyuge pueda cobrarlo.

Font: La Expansión

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